INFOTIC S.A

INFOTIC S.A, adecuándose a las políticas públicas desarrolladas por el Gobierno Nacional y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la República de Colombia, mediante la promulgación de la Ley 679 de 2001, el Decreto 1524 de 2004, y Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información 1078 de 2015, y bajo el principio del deber Constitucional y la responsabilidad social empresarial de las empresas en torno al tema de la explotación infantil en Internet, genera políticas institucionales y desarrolla además mensajes de: prevención, denuncia, e informativos encaminados al optimo manejo y aprovechamiento de redes globales de información y la protección contra la pornografía infantil, cuyo objetivo principal es el de prevenir la divulgación de material pornográfico infantil a través de nuestras redes y equipos de cómputo en administración directa de nuestro personal.

Con el fin de prevenir el acceso a cualquier tipo de material pornográfico infantil, INFOTIC S.A., pone a disposición la información y canales para la denuncia:

MINISTERIO DE COMUNICACIONES.

Pacto de Cero Tolerancia con la Pornografía Infantil en Internet
Página Web: http://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-article-14513.html

“Cero tolerancia con la pornografía infantil en Internet”: Ministro TIC, encontrará diferentes enlaces que le permitirán hacer su denuncia.
Página Web: http://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-article-13040.html
Teléfono: 01-800-0914014 / 01-800-0912667

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Teléfono: 01 800 0912280
Página Web: http://www.fiscalia.gov.co/
Email: [email protected]

DIRECCIÓN CENTRAL DE POLICÍA JUDICIAL - DIJIN

Grupo Investigativo Delitos Informáticos
Carrera 77A # 45-61 Barrio Modelia
Teléfonos: PBX: 426 6900 Ext. 6301-6302
Directo: 4266300
Email: [email protected]

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

Teléfonos: 01 8000 918080 ó (1)6605520, (1)6605530, (1)6605540
de 7:00 a.m. a 9:00 p.m. de lunes a domingo
Página Web: http://wwww.icbf.gov.co

Normas

LEY 679 DE 2001 (AGOSTO 3)

Diario Oficial No. 44.509 del 4 de agosto de 2001 por medio de la cual se expide un estatuto para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores, en desarrollo del artículo 44 de la Constitución.

DECRETO NÚMERO 067 DE 2003 (ENERO 15)

Diario Oficial 45. 066 17-01-2003 Ministerio de Comunicaciones que el 24 de julio de 2002 se expidió el Decreto 1524 de 2002, el cual tiene por objeto reglamentar el artículo 5° de la Ley 679 de 2001, con el fin de establecer las medidas técnicas y administrativas destinadas a prevenir el acceso de menores de edad a cualquier modalidad de información pornográfica contenida en Internet o en las distintas clases de redes informáticas a las cuales se tenga acceso mediante redes globales de información.

DECRETO NÚMERO 1524 DE 2002 (JULIO 24)

Publicado el 31 de julio de 2002 MINISTERIO DE COMUNICACIONES por el cual reglamenta el artículo 5° de la Ley 679 de 2001, que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 de la Constitución Política, los niños serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos.

INSTRUCTIVO PARA FILTRAR CONTENIDO PORNOGRÁFICO USANDO INTERNET EXPLORER,

Scroll to Top
Ir al contenido