INFOTIC S.A

Tribunal Administrativo del Tolima dijo que el convenio con INFOTIC y el SETP para el recaudo del transporte en Ibagué era legal y no le dio la razón a Expreso Ibagué

Buseteros de Ibagué pierden batalla legal para quedarse con el recaudo del Sistema Estratégico de Transporte

En un fallo emitido por el Tribunal Administrativo del Tolima, se declara improcedente la demanda interpuesta por Expreso Ibagué, empresa de transporte, que buscaba quedarse con el recaudo del Sistema Estratégico de Transporte (SETP) en la ciudad. La demanda también implicaba el convenio entre el SETP IBAGUÉ SAS e INFOTIC S.A., este que después fue liquidado por mutuo acuerdo entre las partes.

 

Los argumentos presentados por Expreso Ibagué se centraban en alegar que el proceso contractual se había llevado a cabo de manera irregular, vulnerando derechos e intereses de la empresa y otros agentes operadores del transporte de la ciudad. También cuestionaban la naturaleza del convenio, alegando que más que un acuerdo interadministrativo, se trataba de un contrato estatal con modalidades de selección inadecuadas.

 

Sin embargo, el Tribunal dictaminó que la normativa no imponía la obligación de que el sistema de recaudo centralizado fuera manejado por un agente operador de transporte, sino que podía ser así, dejando margen para diferentes modalidades de gestión. Además, se determinó que no existía un mandato imperativo e inobjetable que hubiera sido desconocido por las autoridades accionadas.

 

Sobre lo anterior, esta redacción se contactó con César Yáñez, exgerente del Sistema Estratégico de Transporte en Ibagué, quien en su momento dijo con argumentos que el convenio no tenía ningún tipo de reparos; hoy el Tribunal le da la razón “ellos decían que la ley los protegía y que debíamos tener exclusividad con ellos para que se quedaran con el recaudo. Acá los magistrados, le dieron la razón al SETP en donde el convenio realizado con INFOTIC esta dentro de los parámetros legales”, acotó.

 

Y es que, en consecuencia, el Tribunal resolvió declarar la improcedencia de la demanda de cumplimiento de normas con fuerza material de ley o actos administrativos presentada por Expreso Ibagué. El expediente fue archivado una vez que la providencia se volvió ejecutoria, con las anotaciones correspondientes en el sistema SAMAI.

 

“Algunos transportadores y jurídicos trataron de tergiversar la información confundiendo a la ciudadanía y así no tendría que haber sido. Por eso hoy quiero agradecer, al ingeniero Andrés Hurtado, quien siempre confió en mí, en mi profesionalismo”, puntualizó Yáñez.

 

Este fallo del Tribunal Administrativo del Tolima marca un precedente importante en cuanto a la gestión del recaudo en el transporte público de la ciudad de Ibagué, estableciendo claridad en cuanto a las competencias y modalidades de contratación en el marco del SETP.

 

Fuente: https://elirreverenteibague.com

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